El diputado Brügge y una ley de control para los delincuentes sexuales

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DIPUTADO BRÜGGE INSISTE EN EL CONTROL DE DELINCUENTES SEXUALES TRAS PEDIDO DE LIBERTAD DE GRASSI

Pedófilo Julio César Grassi

Ante el reciente pedido de libertad condicional solicitado por el sacerdote condenado por delitos sexuales, Julio César Grassi, el diputado nacional de la Democracia Cristiana Juan Fernando Brügge,  ha reavivado el debate sobre la necesidad de un seguimiento riguroso para quienes han sido condenados por delitos contra la integridad sexual.

Diputado nacional de la Democracia Cristiana Juan Fernando Brügge

Brügge anunció que insistirá en la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados para que se trate su proyecto de ley, que busca introducir un régimen de control estricto para estos condenados cuando salen en libertad

El proyecto de ley, del reconocido constitucionalista que ya se viene aplicando en la provincia de Córdoba bajo la Ley 9680, establece la creación de un programa de identificación, seguimiento y control de delincuentes sexuales. Este régimen, que fue una iniciativa de Brügge durante su mandato como legislador provincial, tiene como objetivo garantizar la seguridad pública mediante un seguimiento continuo de aquellos que han cumplido condenas por delitos sexuales.
Entre los fundamentos del proyecto, el diputado cordobés destacó que «esta pena accesoria permite, por un lado, identificar rápidamente el lugar de residencia de estas personas ante la posible comisión de un delito similar en la zona, y por otro, contribuye al autocontrol de los mismos frente a la posibilidad de reincidencia».

Grassi amparado por sectores políticos

El régimen propuesto por Brügge incluye sanciones severas para aquellos que incumplan con la obligación de informar su domicilio y presentarse periódicamente ante la autoridad competente. Específicamente, se establece una pena de prisión de uno a tres años para quienes no constituyan o no comuniquen un cambio de domicilio, y de dos a cinco años para quienes no se presenten ante el tribunal o juez correspondiente cada treinta días. Además, en casos de reincidencia en el incumplimiento, las penas se incrementan en un tercio.

El parlamentario justifica la implementación de estas medidas argumentando que «el alto grado de reincidencia de los delincuentes sexuales está científicamente comprobado». Brügge citó estadísticas de países como Inglaterra, Canadá y Estados Unidos, que muestran tasas de reincidencia de hasta el 65% en los dos o tres años posteriores a la obtención de la libertad. Además, mencionó un estudio del Centro Federal de Criminología de Alemania, que indica una tasa de reincidencia del 11% en el primer mes de libertad.

El programa implementado en Córdoba desde 2009, que se basa en la ley provincial promovida por Brügge, obliga a los condenados por delitos sexuales a informar sobre sus relaciones sociales y actividades laborales durante un período de cinco años. Este sistema ha sido respaldado por fallos del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que han confirmado su constitucionalidad y su alineación con principios legales como la igualdad, razonabilidad y libertad.

Además, subrayó que el seguimiento de estos delincuentes no es ilegal ni arbitrario, y que no constituye una discriminación ni estigmatización. «El objetivo principal es lograr una convivencia armónica en la sociedad, limitando racionalmente ciertos derechos constitucionales en favor de la seguridad, la moral y la salud pública», afirmó el diputado.

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