COMUNICADO DEL OBSERVATORIO 18D
20.000 INTERVENCIONES MIGRATORIAS
NO SON 20.000 DEPORTACIONES
Qué muestran los números oficiales y por qué es necesario distinguir expulsiones, rechazos e inadmisiones.
EL DATO OFICIAL
“Más de 20.000 extranjeros expulsados, rechazados o inadmitidos”

Santiago Vestfrid –Presidente –
Ministerio de Seguridad Nacional – 18 de septiembre de 2026
El Observatorio 18D considera necesario realizar una precisión sobre las cifras difundidas en las últimas semanas respecto de expulsiones y controles migratorios en Argentina.
El comunicado oficial del Ministerio de Seguridad reúne tres situaciones distintas dentro de una misma cifra. Por eso, el total informado no puede interpretarse automáticamente como 20.000 deportaciones o expulsiones efectivamente realizadas.

¿CÓMO SE CONSTRUYE ESA CIFRA?
Estadísticas oficiales del Ministerio de Seguridad difundidas posteriormente permiten observar con mayor detalle la composición del universo informado:
Expulsiones efectivamente concretadas
744
Incidentes / impedimentos de entrada
18.947
TOTAL DE INTERVENCIONES
19.691
La suma de 744 expulsiones y 18.947 incidentes de entrada arroja 19.691 intervenciones. Esa composición ayuda a comprender la referencia pública a “más de 20.000”, pero también muestra por qué no corresponde equiparar todo ese universo con deportaciones.
QUÉ HAY DENTRO DE LOS 18.947 INCIDENTES DE ENTRADA
8.008 infracciones migratorias
6.298 casos sin documentación habilitante
4.566 impedimentos judiciales
42 residencias canceladas
33 documentación falsa, adulterada o robada
Estas categorías describen situaciones jurídicas diferentes de una expulsión. Una persona rechazada o
inadmitida en frontera no equivale a una persona que ya se encontraba en el país y fue posteriormente
expulsada.OBSERVATORIO 18D | ASOCIACIÓN CIVIL 18 DE DICIEMBRE POR EL MIGRANTE
Comunicado institucional | 2 de octubre de 2026
EL PROBLEMA NO ES SOLO CUÁNTO, SINO QUÉ SE ESTÁ CONTANDO
Para el Observatorio 18D, una política pública no puede evaluarse únicamente a partir de una cifra global.
Es indispensable conocer qué mide cada número y distinguir, como mínimo, entre órdenes de expulsión, expulsiones efectivamente ejecutadas, rechazos en frontera e inadmisiones.
“19.691 intervenciones migratorias no equivalen a 19.691 deportaciones.”
TAMBIÉN IMPORTA BAJO QUÉ NORMAS SE TOMAN ESTAS DECISIONES
El análisis de las cifras tampoco puede separarse del marco normativo vigente. Desde mayo de 2025, el DNU 366/2025 modificó de manera extensa la Ley de Migraciones N.º 25.871, incluyendo reglas sobre ingreso, permanencia, rechazo en frontera y expulsión, además de cambios en otras materias.
Desde el Observatorio 18D consideramos que una reforma de semejante alcance plantea serios cuestionamientos constitucionales y merece un debate legislativo integral. Por eso sostenemos la necesidad de revisar y derogar el DNU 366/2025 y discutir la política migratoria en el Congreso Nacional, con participación de especialistas, universidades, organizaciones de la sociedad civil y comunidades migrantes.
Esto no implica desconocer la facultad del Estado de controlar sus fronteras o aplicar la legislación migratoria. El punto es que esos controles deben desarrollarse con reglas claras, debido proceso, derecho de defensa, proporcionalidad y respeto por la unidad familiar y las garantías constitucionales.
DOS EXIGENCIAS: DATOS CLAROS Y REGLAS CLARAS
Publicar estadísticas migratorias oficiales completas y desagregadas.
Diferenciar expulsiones efectivas de rechazos e inadmisiones.
Identificar las causas y fundamentos jurídicos de cada tipo de intervención.
Garantizar debido proceso, derecho de defensa y unidad familiar.
Revisar integralmente el marco normativo vigente y debatir en el Congreso la política migratoria.
La pregunta no es solamente cuántas personas fueron expulsadas.
La pregunta es qué estamos contando, por qué se tomó cada decisión y bajo qué marco jurídico se hizo.
FUENTES Y ACLARACIÓN METODOLÓGICA
Fuente primaria del dato global: Ministerio de Seguridad Nacional, “Más de 20.000 extranjeros expulsados, rechazados o inadmitidos”, 18/09/2026. Argentina.gob.ar.
Marco normativo: DNU 366/2025, texto oficial publicado en el Boletín Oficial y en Argentina.gob.ar.
Desglose 744 + 18.947: estadísticas oficiales del Ministerio de Seguridad reproducidas por La Nación el
28/09/2026. Al 02/10/2026, ese detalle no se encuentra publicado como base descargable en el comunicado oficial del Ministerio.
OBSERVATORIO 18D
Asociación Civil 18 de Diciembre por el Migra

















































































