LAS 20 VERDADES ECONÓMICAS DEL PERONISMO
“La planificación peronista fue una propuesta que contenía un modelo específico de economía caracterizado por los altos niveles de empleo y salarios que alteraba las reglas de juego del mercado vigente a través de la redistribución de los roles económicos de los sectores productivos».
«El Pueblo es la comunidad organizada. La comunidad organizada constituye el cuerpo y el alma de la Patria». (J.Perón)
Las 20 verdades económicas deben ayudarnos a pensar el peronismo de hoy, para luego proponer quienes lo deberán conducir.
LAS 20 VERDADES ECONÓMICAS DE LA DOCTRINA FILOSÓFICA PERONISTA
1.- La economía no es un fin en sí misma, sino un medio para alcanzar la felicidad de los hombres y el bien común.
2.- La economía no es individual ni colectiva. Es individual en función social sirve al bienestar del pueblo.
3.- La propiedad privada tiene asignada una función social dentro de la comunidad nacional.
4.- El capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objetivo el bienestar social.
5.- La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico que atienda al desarrollo de la justicia social.
6.- Ningún pueblo puede ser socialmente justo ni políticamente soberano si no es, al mismo tiempo, económicamente libre.
7.- La propiedad es un bien individual en función social. Debe ser considerada bien de trabajo y no de renta o especulación. El gobierno, el estado y las organizaciones del pueblo, han de promover el acceso a la propiedad a quienes trabajan.
8.- El pueblo está económicamente organizado cuando sus asociaciones representan a los trabajadores, productores industriales, científicos y técnicos, comerciantes y consumidores, en relación con ejercicio de sus funciones económicas.
9.- Las organizaciones económicas del pueblo deben organizarse y desarrollarse libremente, con la sola condición de que concurran mediante su acción a la consolidación y defensa de la Economía Social, base material de la justicia social.
10.- La acción económica en el orden internacional ha de orientarse y desarrollarse hacia la complementación armónica y equilibrada de las economías regionales, de la economía continental y de la economía universal.
11.- La producción nacional ha de tender a lograr ante todo la satisfacción del consumo popular, las necesidades industriales del país y los requerimientos del intercambio internacional.
12.- Las actividades industriales de la nación han de ser desarrolladas racionalmente, y en particular aquellas que posibiliten el máximo aprovechamiento de los recursos naturales y de la producción primaria, en condiciones estables de eficiencia técnica y económica.
13.- El gobierno y el estado auspiciarán preferentemente la creación y desarrollo de las empresas cuyo capital está al servicio de la economía en función del bienestar social.
14.- El comercio exterior de la nación debe orientarse hacia el abastecimiento interno y la consolidación y diversificación de los mercados de importación y exportación, a fin de obtener términos de intercambio justos y equitativos.
15.- Las actividades comerciales en relación con el exterior serán conducidas por el gobierno y ejercidas por las empresas y organizaciones privadas o de carácter económico individual o social.
16.- El comercio interno será conducido por el estado con intervención de las organizaciones económicas y sociales, a fin de lograr que los bienes de producción y de consumo lleguen a los usuarios oportunamente y por las vías más económicas.
17.- La acción económica en materia crediticia debe satisfacer racionalmente las necesidades de la Economía Social del país, sin perjuicio del poder adquisitivo de la moneda y del equilibrio general de la política económica.
18.-La acción económica en materia monetaria debe servir al desarrollo ordenado de la Economía Social y al afianzamiento de la independencia económica del país.
19.- La acción económica en materia impositiva tenderá a lograr una equitativa distribución de las cargas fiscales en relación con la capacidad contributiva de la población, y a utilizar el impuesto como instrumento de gobierno al servicio de la justicia social y de la Economía Social del país.
20.- El gobierno y el estado y las organizaciones del pueblo deben promover la nacionalización de los servicios públicos, sin que ello importe su estatización.